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El panorama político pone en riesgo el acceso pleno a este derecho. Frente a las elecciones presidenciales del 2026, en Perú toman fuerza los movimientos conservadores y se acentúa un discurso político de posturas fundamentalistas y anti-género. Por ejemplo, el actual alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, quien contempla su candidatura para el 2026, se pronunció contra la legalización del aborto, señalando que: “El aborto es el crimen más abominable que existe en la realidad humana”.
En los primeros meses de 2025, partidos ultraconservadores, en particular “Renovación Popular”, han realizado avances para declarar la inconstitucionalidad de la Guía del Aborto Terapéutico, desde el Ministerio de Justicia. Así mismo, la congresista Milagros Jáuregui, pastora evangélica, y el abogado Alejandro Muñante han presentado varios proyectos de ley en contra de la aplicación del aborto terapéutico, de la enseñanza de Educación Sexual Integral en los colegios, y del enfoque de igualdad de género en el currículo escolar, por no formar parte de su visión “profamilia y provida”. Estas acciones generan un retroceso en el acceso al aborto terapéutico en el Perú: “Mientras otros países de la región avanzan en la despenalización del aborto, Perú retrocede. Es inverosímil que no pueda garantizarse la accesibilidad al único tipo de aborto permitido. Nuestra legislación es draconiana”, señaló la abogada feminista Josefina Miró Quesada en Infobae.
Los casos más conocidos a nivel nacional son precisamente aquellos en los que se deniega el acceso a la interrupción del embarazo a menores de edad, como el de una menor de 13 años en Pucallpa, a quien se le impidió el procedimiento en octubre de 2024.La menor fue abusada sexualmente y fue forzada a continuar un embarazo riesgoso, producto de ello. Luego del parto, la adolescente entró en estado crítico y requirió cuidados intensivos, mientras que su agresor sigue impune hasta la fecha. La justificación sobre por qué se le negó el AT fue que el bebé sería utilizado como “prueba de delito”.
Ante esto, las alternativas que quedan son: continuar con el embarazo forzosamente, acudir a un servicio de aborto clandestino o pagar la atención en una clínica particular. Estas opciones, además de ser revictimizantes, suelen exponer a las gestantes a discursos discriminatorios o de violencia.
Legalmente permitido, socialmente prohibido
Junto a estos discursos, los casos de violencia sexual hacia mujeres menores de edad han aumentado desde la última elección presidencial: Según los Centro de Emergencia de la Mujer, en el 2024 se han reportado más de 27.700 casos en contraste con 14.500 casos registrados en el 2021. Durante los meses de enero y marzo del 2025, el CEM reportó 4.456 casos de violencia sexual en mujeres menores de edad, de los cuales 1.841 fueron gestantes menores. Considerando que, desde el 2014 se realizaron 3 347 abortos terapéuticos. La conclusión sobre esta brecha es significativa: existen más casos de violencia sexual reportados en niñas y adolescentes en el primer trimestre del 2025, que casos de aborto terapéutico en los últimos 10 años. En suma, la abogada Josefina Miró Quesada, indicó un dato alarmante: “Entre 2012 y 2022, de casi 10.000 casos de aborto procesados en el sistema penal, ¡21 correspondían al aborto terapéutico, pese a no ser un delito en el país! La criminalización del aborto se extiende incluso a los servicios legales”.
Si bien estas cifras se encuentran a disponibilidad del público y los medios de comunicación, no son enunciadas con la misma fuerza que los casos de AT cuyas causantes y consecuencias son trágicas y permanentes. No obstante, organizaciones como el Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (Promsex) apuestan por el acceso libre a los derechos reproductivos y para ello, apoyan dichos procesos legales en contra del Estado, cuando estos son transgredidos. Sobre esto, Promsex ha hecho visible la violación de este derecho en cuatro casos llevados a comités internacionales con fallos en contra del Estado Peruano. Estos casos exigieron la indemnización financiera para los procedimientos médicos necesarios, una subvención social para la continuidad de la educación escolar y superior de las solicitantes y, la reconstrucción del proceso legal para el acceso al AT; es decir, volverlo más accesible, menos burocrático y con capacitaciones para evitar su obstaculización por el personal de salud.
Foco en el merecimiento
El fallo más reciente ha sido el de Camila (2017-2023), una menor de edad que se encontraba en estado de gestación por abuso sexual. Le fue denegado el acceso al aborto terapéutico dado que su riesgo mental – en tanto alegó que, al enterarse del embarazo, quería suicidarse– no era considerado justificante para interrumpir el embarazo. En el transcurso, Camila sufrió de un aborto espontáneo y, en el 2018, la Fiscalía inició una causa contra la menor por el delito de aborto. Sobre esto Camila señaló que “el Poder Judicial se convirtió en un ‘segundo agresor’, acusándola por el delito de aborto, causándole daños directos como la pérdida de su lugar de arraigo, de su círculo social y la afectación de su proyecto de vida”. Para el 2019, tras interponer un recurso de apelación, la sentencia fue revocada y, para el 2021, su denuncia fue atendida por el Comité de Derechos del Niño de las Naciones Unidas. Este falló a favor de Camila, más hasta la actualidad el Estado no ha cumplido con las reparaciones económicas ni sociales exigidas, y tampoco ha revisado la guía técnica para el AT.
Este caso generó conmoción en los medios de comunicación, que reconocieron que Camila fue discriminada, judicializada y revictimizada pese a cumplir con las condiciones necesarias para acceder a un aborto terapéutico. Los medios locales se mostraron a favor de las reparaciones económicas y sociales solicitadas al Estado y abogaron por la revisión del protocolo de acceso al AT, para que el derecho pueda ser efectivo.
En estas noticias, además, se hizo alusión a varios fallos previos contra el Estado peruano. Uno de ellos es el caso K.L., una adolescente de 17 años que fue obligada a continuar con el embarazo de un feto anencefálico, pese a contar con la autorización médica para el aborto terapéutico. K.L. dio a luz a una bebé que solo vivió 5 días. Por esto, el Estado fue denunciado en 2002 ante el Comité de Derechos Humanos (CDH), el cual 3 años después falló a favor de K.L.
Por otro lado, está el caso de L.C., una adolescente de 13 años que, tras quedar embarazada por abuso sexual, intentó suicidarse. Necesitaba una operación urgente para evitar la parálisis, pero el hospital la negó por su embarazo, alegando que no había peligro inmediato. Tras tres negativas al AT, la cirugía se realizó recién después de un aborto espontáneo, cuando L.C. había perdido ya el 90% de su movilidad. En el 2009 denunció al Estado ante la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y, en 2011, la Convención falló a su favor. Para ambos casos, al igual que para el caso Camila, se solicitó indemnización económica de parte del Estado y se solicitó cambios en los protocolos de acceso al AT; es decir, en su carácter burocrático y en la reacción del personal de salud frente al mismo.
Los medios de comunicación, que han brindado espacio a estos casos, se destacan no por su “apertura” a exigir el Aborto Terapéutico, sino por la creación – e incluso la exaltación – de un perfil ‘digno’ del derecho. En ese sentido, se relatan estos casos acentuando la injusticia, pero más que nada, la situación trágica de la víctima: menor de edad, de escasos recursos, de educación incompleta, de un entorno familiar/social violento, y su condición como víctima de abuso sexual.
Esta articulación mediática ambigua sobre el aborto favorece determinados juicios sobre quienes son dignas para acceder al derecho y en qué condiciones pueden solicitarlo. Esto aparta a otras mujeres, adolescentes y niñas gestantes, igual de dignas al acceso. La falta de educación sexual integral y el desconocimiento sobre planificación familiar terminan siendo razones consideradas como ilegítimas o insuficientes. Además, se desprende otro problema crítico en el país: la falta de fomentación de la educación sexual integral, e incluso las campañas en contra de la misma, justificado en asociaciones de la educación sexual con “la conversión del hijx a homosexual o una persona promiscua”.
Un derecho restringido nunca es un derecho
En un contexto de polarización, acentuado por las elecciones del 2026, los discursos superficiales e incompletos en torno al acceso libre y al acceso condicionado para el Aborto Terapéutico toman auge. Los discursos en contra del aborto son promovidos por el mismo Estado, que hasta el día de hoy no cumple con todas las reparaciones solicitadas por los fallos internacionales ni ha actualizado el protocolo de acceso al AT. Un derecho inaccesible, no es un derecho.
Los casos de K.L., L.C. y Camila son ejemplos que nos permiten reconocer la ausencia de avances frente al acceso al AT en el Perú y la forma en que determinados discursos ‘progresistas’ sobre el aborto clasifican, condicionan y, en última instancia, determina quiénes son más dignos del respaldo mediático. Por esto mismo, es necesario reconocer al derecho al aborto como un derecho universal no condicionado a la tragicalidad de las circunstancias del embarazo. Este es el primer paso para honrar la reparación civil, dar el acceso para su vida digna y para reinvindicar el maltrato en que se ven sometidas las mujeres peruanas en su proceso de acceso al Aborto Terapéutico.